“No hay garantía de los derechos de los pueblos indígenas”
Los indígenas se categorizan en Bogotá. Para
que exista un enfoque diferencial étnico implica hacer ajustes en la institucionalidad.
La oferta institucional no es una garantía de los derechos de los pueblos indígenas.
Esp. Esther María Pana Pana / periodista
Fotografías: Cortesía pueblo Uitoto
El
desacuerdo de algunos pueblos indígenas con la institucionalidad y la tendencia
política del momento, ha llevado a unas comunidades a impulsar una nueva lucha
colectiva con una firme posición de lograr un verdadero cambio desde el fondo
de las instituciones del Estado. Donde sean escuchados y atendidos con un
enfoque diferencial no sólo étnico sino humano, capaz de ver las necesidades
inmediatas de los indígenas víctimas y darles soluciones efectivas a sus problemáticas,
garantizándoles así el goce de sus derechos constitucionales.
Los
derechos vulnerados de los pueblos indígenas también se reflejan cuando
hablamos del reconocimiento, legal e ilegal de las comunidades y autoridades indígenas:
“… no se si esto pasa en otras ciudades, pero en Bogotá se comienza a
categorizar a los indígenas desplazados, y por supuesto a las comunidades y
autoridades. Empezamos a tener indígenas legales (con registro), indígenas
ilegales pero reconocidos (cabildos que hacen parte del Consejo Consultivo
Bogotá), comunidades de cabildos que son autoridades, pero que no son legalmente
reconocidos. En esta última categoría estamos nosotros, ilegales no reconocidos.
En este momento, la institucionalidad nos reconoce casi por obligación, gracias
a nuestros múltiples derechos de petición, acciones de tutela y reuniones. Pero
para ninguno de estas tres categorías ha existido una garantía de los derechos,
sólo hay una oferta de la institucionalidad, y aquí hay un tema de fondo”,
informó, Oscar Andrés Seoneray, líder del pueblo indígena
Uitoto.
Para
garantizar los derechos de los pueblos indígenas que están desplazados y
organizados en las ciudades, se debe hablar de una atención con enfoque
diferencial y sólo es posible haciendo unos ajustes en las instituciones, a fin
de garantizar una efectiva atención diferencial a los pueblos. “Es cómo la
institucionalidad, en marco de sus competencias, identifica las necesidades de cualquier
pueblo indígena para atender de marera efectiva a esa comunidad. Esto implica hacer
una adecuación en las instituciones que cumplen tres fases; (1) una adecuación administrativa,
(2) dos; una adecuación técnica y (3) tres; una asignación presupuestal
especifica”.
No hay avance
Asimismo,
Seoneray resaltó que la institucionalidad solo ve a los pueblos indígenas como el
problema, unos firmantes de listas de asistencia y unos modelos para las fotos,
pero jamás como unos operadores de convenios, creadores y constructores de soluciones
para la sociedad.
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